sábado, 18 de abril de 2015

ANÁLISIS HISTORIOGRÁFICO DE PENSADORES POLÍTICOS DE LA ILUSTRACIÓN. S XVIII.

Historia de la Teoría Política. H. Sabine. Locke sostenía que el estado de naturaleza es uno de paz, buena voluntad, asistencia mutua y conservación. El defecto del estado de naturaleza consiste simplemente en que no tiene una organización, tal como magistrados, derecho escrito y penas fijas. en el estado de naturaleza todo hombre tiene que proteger lo suyo lo mejor que pueda, pero su derecho a lo suyo y su deber de respetar lo ajeno son tan completos como puede llegar a serlo cuando existe un gobierno. Los hombres delegan en el gobierno el derecho de administrar, legislar, ordenar la sociedad pero reservan para si los derechos de vida, libertad, y propiedad. si el gobierno ataca algunos de estos derechos se extralimita en sus funciones y el pueblo tiene derecho a revocarlo, de resistirse a él. Concebía todos los derechos naturales siguiendo la misma línea de la propiedad, es decir, como atributo del individuo, nacidos con él y, por ende como títulos inviolables tanto frente al gobierno como a la sociedad...la propia sociedad existe para protegerles.  La soberanía de cada uno puesta en manos de la comunidad se justifica porque es un modo de proteger los derechos, este es el pacto original por el cual los hombres se unen en sociedad.  Para Montesquieu, el ideal político es la Monarquía y plantea ella teoría de los contrapesos que limita el poder del rey, hay división de poderes, es entendido como un freno al poder para evitar abusos del absolutismo, Por el contrario Touchard dice que Montesquieu no habla de división de poderes, sino equilibrio entre ellos, no hay na separación real.                                                                    En tanto Rousseau, sostiene que la sociedad civil, con su derecho que consagra la disigualdad, no ha nacido de un contrato, sino de una injusticia. La sociedad no tiene un fundamento, ( para Rousseau ), consensual, nace de un pacto injusto, se crea un estado donde las leyes no son expresión general, son espresión de un grupo que somete. Pero sin embargo este filósofo es considerado contractualista, porque el contrato aparece como algo ideal y el gobierno tiene su origen en un contrato: un contrato social donde los individuos han abandonado sus derechos a favor del cuerpo político. El concepto de voluntad general, marca la idea de pacto.  La propiedad privada justifica la creación  del estado. Su forma de gobierno es la República Democrática Directa, inplicable, pero perfecta, todos los hombres participan mediante asamblea: se justifica la idea de soberanía indivisible e inalienable, toda la soberanía queda delegada en la comunidad.

Espero que este análisis les aclare un poco el tema. La propuesta consistirá en 3 consignas:  a. una conceptual, ( estudien bien SOCIEDAD DE ÓRDENES y material historiográfico de ABSOLUTISMO, Mousnier y Anderson); b. confrontación de material historiográfico, ( TRANSICIÓN HACIA EL CAPITALISMO, Sweezy, Dobb, Hobsbawm); c. análisis comparativo, (NUEVAS IDEAS POLÍTICAS, siglo XVIII)

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