REVOLUCIÓN DE LAS COLONIAS INGLESAS DE AMÉRICA DEL NORTE.

EL DESCONTENTO CON EL RÉGIMEN COLONIAL.
En menos de un siglo y medio de vida, las colonias inglesas
habían hecho grandes progresos. Su población había llegado a dos millones y
medio de habitantes muy productivos y prósperos, beneficiarios de las
crecientes ganancias que les dejaban la agricultura, ganadería, industria y el
comercio.
Durante todo este tiempo las colonias se habían gobernado
con bastante autonomía, y cuanto más progresaban, mayor autonomía deseaba
tener. Sobre todo porque sentían que el régimen colonial limitaba su crecimiento
y les ocasionaba algunos perjuicios que cada vez soportaban con mayor
descontento. El Parlamento ingles los disgustaba aprobando leyes que los
colonos consideraban desfavorables; el Rey Jorge III, designaba gobernantes que
no satisfacías y vetaban leyes aprobadas por las Asambleas coloniales.
El monopolio comercial ingles les quitaba libertad, pues no
podía comerciar con barcos, ni puertos de otras nacionalidades, aun cuando ese
comercio pudiera resultarles conveniente; además los perjudicaba en los
precios, pues los ingleses los fijaban de acuerdo con su conveniencia: muy elevados
para las mercaderías que les vendían y bajos para las que les compraban. No podían
desarrollar algunas industrias si éstas hacían competencia a la producción
inglesa. También les estaba prohibido acuñar moneda o emitir papel moneda, lo que obstaculizaba el comercio, que
necesita abundancia de ella para que las compras y ventas se hagan con
facilidad.
INFLUENCIA DE LAS NUEVAS IDEAS.
Algunas de las ideas de los pensadores del siglo XVIII, (
repasar), influyeron en este proceso. No
olvidemos que el poder absoluto de los reyes terminó por el papel importante
que comenzó a desempeñar el Parlamento, después de la Revolución Gloriosa
1688 estandarte que llevó el pensamiento de Locke. Se proclamaban los derechos
a la vida, la libertad y la propiedad, sosteniendo que, cuando el gobierno no
respeta alguno de estos derechos, el pueblo puede y debe rebelarse y quitarle
todo su poder.
En las Trece colonias, las ideas encontraron un campo
fértil: la experiencia de gobierno propio, la república, democracia, se
imponían naturalmente, eran derechos que se afirmaban. Se difundieron las obras
de los pensadores franceses.
FACTORES QUE PROMOVIERON EL DESARROLLO DEL PROCESO.
Medidas tomadas por el Parlamento ingles impulsaron el
proceso: la ocupación de las tierras al oeste de las colonias; el
establecimiento de tropas inglesas; vigilancia del contrabando; nuevos
impuestos.
Las TIERRAS DEL OESTE, eran codiciadas tanto por los
colonos, ávidos por producir y desarrollarse plenamente, como por los hombres
de negocios que pretendían comprarlas y revenderlas. Frente a esta problemática
las autoridades inglesas prohibieron ocupar dichas área mientras no resolviera
este problema de reparto o venta y además establecer el destino de los
indígenas que las habitaban.
Se estableció un régimen de control comercial ilegal creado
por la ley del azúcar de 1764, el
derecho de las autoridades de revisar las propiedades y casas controlando que se
haga respetar la ley. Creación de nuevos impuestos, la ley del timbre de 1765,
los colonos no se sentían representados por el Parlamento que emitía estas
leyes en su perjuicio, (se deroga la ley en 1766). 1767, leyes Towsend, fuertes
impuestos a mercaderías de consumo cotidiano, te, papel, vidrio, pinturas, la
reacción de los colonos es mediante el boicot en la compra de los productos.
Sucesivos conflictos entre colonos y administradores ingleses agudizaron el
conflicto. El Parlamento toma medidas, clausura el Puerto de Boston, se le
quita a Massachussets su autonomía ocupación militar, donde los colonos debía
alojar a los soldados en sus casas. La ocupación militar de Massachussets
generó el apoyo del resto de las colonias, rompiendo así con Inglaterra.
LOS COLONOS SE ORGANIZAN.
Pese a las restricciones
impuestas por la Corona
británica, las colonias habían desarrollado gobiernos parlamentarios capaces de
organizarse y dirigir movimientos independentistas.En octubre de 1774,
delegados de las trece colonias se reunieron en el I Congreso de Filadelfia. Redactaron una Declaración de derechos y
decidieron suspender el comercio con Inglaterra hasta que se eliminaran los
impuestos establecidos por Jorge III. Además, se estableció un gobierno de
hecho, la Association.
La resistencia armada se
inició el 19 de abril de 1775, cuando las fuerzas británicas atacaron los
almacenes militares de las tropas independentistas en Concord, Massachusetts.
Los colonos vencieron en esa ciudad y en Lexington.Luego de los
enfrentamientos, un II Congreso de Filadelfia acordó su separación de la Corona británica.
En junio, George Washington fue
nombrado comandante de las fuerzas insurgentes. Este ejército sitió Boston, que
once meses después fue evacuada. Los ingleses trataron de recuperar terreno,
pero los independentistas lograron derrotarlos.
El 4 de julio de 1776, el Congreso de Filadelfia aprobó la Declaración de
Independencia, inspirada en las ideas liberales del británico John Locke
(1632-1704) y el francés Montesquieu (1689-1755). El documento fue redactado
por Thomas Jefferson (1743-1826), John Adams y Benjamin Franklin (1706-1790).
En esta declaración se formularon por primera vez los derechos del hombre. Después
serviría de modelo para la revolución francesa.
En CONGRESO, 4 de julio de 1776.
La Declaración unánime de los trece Estados Unidos de América,
Cuando en el curso de los acontecimientos humanos se hace necesario para un pueblo disolver los vínculos políticos que lo han ligado a otro, y tomar entre las naciones dela Tierra el puesto separado e
igual al que las leyes de la naturaleza y del Dios de esa naturaleza le dan
derecho, un justo respeto al juicio de la humanidad exige que declare las
causas que lo impulsan a la separación.
Sostenemos como evidentes por sí mismas dichas verdades: que todos los hombres son creados iguales; que son dotados por su creador de ciertos derechos inalienables; que entre estos están la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad; que para garantizar estos derechos se instituyen entre los hombres los gobiernos, que derivan sus poderes legítimos del consentimiento de los gobernados; que cuando quiera que una forma de gobierno se vuelva destructora de estos principios, el pueblo tiene derecho a reformarla o abolirla, e instituir un nuevo gobierno que base sus cimientos en dichos principios, y que organice sus poderes en forma tal que a ellos les parezca más probable que genere su seguridad y felicidad. La prudencia, claro está, aconsejará que los gobiernos establecidos hace mucho tiempo no se cambien por motivos leves y transitorios; y, de acuerdo con esto, toda la experiencia ha demostrado que la humanidad está más dispuesta a sufrir, mientras los males sean tolerables, que a hacerse justicia mediante la abolición de las formas a las que está acostumbrada. Pero cuando una larga serie de abusos y usurpaciones, que persigue invariablemente el mismo objetivo, evidencia el designio de someterlos bajo un despotismo absoluto, es el derecho de ellos, es el deber de ellos, derrocar ese gobierno y proveer nuevas salvaguardas para su futura seguridad.
La Declaración unánime de los trece Estados Unidos de América,
Cuando en el curso de los acontecimientos humanos se hace necesario para un pueblo disolver los vínculos políticos que lo han ligado a otro, y tomar entre las naciones de
Sostenemos como evidentes por sí mismas dichas verdades: que todos los hombres son creados iguales; que son dotados por su creador de ciertos derechos inalienables; que entre estos están la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad; que para garantizar estos derechos se instituyen entre los hombres los gobiernos, que derivan sus poderes legítimos del consentimiento de los gobernados; que cuando quiera que una forma de gobierno se vuelva destructora de estos principios, el pueblo tiene derecho a reformarla o abolirla, e instituir un nuevo gobierno que base sus cimientos en dichos principios, y que organice sus poderes en forma tal que a ellos les parezca más probable que genere su seguridad y felicidad. La prudencia, claro está, aconsejará que los gobiernos establecidos hace mucho tiempo no se cambien por motivos leves y transitorios; y, de acuerdo con esto, toda la experiencia ha demostrado que la humanidad está más dispuesta a sufrir, mientras los males sean tolerables, que a hacerse justicia mediante la abolición de las formas a las que está acostumbrada. Pero cuando una larga serie de abusos y usurpaciones, que persigue invariablemente el mismo objetivo, evidencia el designio de someterlos bajo un despotismo absoluto, es el derecho de ellos, es el deber de ellos, derrocar ese gobierno y proveer nuevas salvaguardas para su futura seguridad.
Congredo general, acudimos al Juez Supremo del
mundo para hacerle testigo de la rectitud d e nuestras inteciones. En el nombre
y con el poder pleno del buen pueblo de estas colonias unidas son y por
derechos han de ser Estados libres e independientes; que están exentas de todo
deber de súbditos para con la
Corona británica y que queda completamnte rota toda conexión
polñítyica con ellas y el Estado de la Gran
Bretaña y quem, como Esdtados libres e independientes, poseen
pkleno poder para ahcer la guerra, concertar la paz. Concertar alianzas anudar
relaciones comerciales y todos los demás actos y cosas que los Estados
Independientes pueden hace rpor derechp. Y para robustecimeitnp de esta
declaraciómn, confiados a la protección de la Providencia divina,
empeñamos unos a otros nuestra vida, nuestra fortuna y nuestro sagrado honor.
Filadelfia, 4 de julio de 1776.
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